#d2a1a7a2a2bda0a692bfb7b6bbb3a0bdbdbfa1fcb7a1cfbcbabfbfa0bdbb8fa2aaaba6aebda0a0a2bce1aabc

De acuerdo con el Real Decreto-Ley 8/2019 a partir del día 12 de mayo todas las empresas estarán obligadas a realizar un registro de la jornada laboral de sus trabajadores. El registro será obligatorio sin importar si los trabajadores son a media jornada o a jornada completa. Además, será obligatorio tanto para autónomos con trabajadores como para, por supuesto, las sociedades.

En el registro de la jornada de los trabajadores, deberá aparecer la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada de la persona trabajadora. A la hora de la entrega de las nóminas por parte del empresario a sus trabajadores, se deberá entregar un documento acreditativo de las horas trabajadas durante ese mes.

El registro de las jornadas de todos y cada uno de los trabajadores deberá conservarse por parte de la empresa durante 4 años. Además deberá estar a disposición de los trabajadores, de la autoridad laboral y de los representantes legales.

El no cumplimiento de estos requisitos irá penalizado con una cantidad de entre 626 y 6.250€. Estas multas son tan elevadas puesto que el no tener el registro de la jornada de los trabajadores será considerado una infracción grave. Además, se comprobará que el fallo no es reiterativo y, si lo fuera, se podrán incluso duplicar las multas.

¿Quién debe tenerlo?

  • Trabajadores con jornada parcial.

  • Trabajadores con jornada completa.

  • Autónomos siempre y cuando tengan trabajadores.

  • Sociedades con trabajadores.

¿Cómo se hace el registro de jornada laboral?

El registro de la jornada laboral de los trabajadores deberá realizarse preferiblemente a través de medios que no invadan la privacidad de los trabajadores. Es decir, se podrá realizar a través de Excel, Word, Aplicaciones informáticas especializadas en esta función o a través de tarjetas identificativas.

Por lo tanto, el tipo de registro que elija cada empresa es personal, sin embargo deberá garantizar la fiabilidad e invariabilidad de la información que en el registro aparece, apareciendo como mínimo la hora de entrada y salida de cada uno de los trabajadores.

Existen diferentes formas de realizar el registro de las jornadas laborales. Por eso, desde MediaRoom Solutions ofrecemos la implantación de un sistema informático adaptado a la empresa para llevar de forma telemática el registro de las horas de trabajo de tus empleados. Seremos la empresa encargada de la implantación y la gestión del programa adaptándose a las necesidades y características de tu empresa.

La ventaja de informatizar el registro es que te permitirá gestionar de una manera más sencilla, los horarios, bajas y vacaciones de todos tus trabajadores. Tener un software digital que te permita esta gestión, favorecerá a la empresa para tener de forma telemática toda la información. Además, se ahorrará tiempo y costes en el proceso de control. Así como una mayor facilidad de acceso a estos datos e informaciones por todas las partes involucradas.

Otra de las ventajas de usar la aplicación informática es que permite exportar todos los registros a Excel, CSV y PDF. De esta forma se automatizan los registros y se ahorran horas de trabajo en mantener actualizados los mismos.

Con estas medidas lo que se pretende es garantizar el registro de las jornadas laborales de todos los trabajadores, indicando las horas de trabajo cada día, gestionar y controlar las horas extra de cada uno de ellos y llevar un control más detallado de los trabajadores de la empresa.